INTRODUCCION
De un tiempo a esta parte el debate sobre las
Cotizaciones Sociales, impuesto sobre el empleo, viene encabezado por las
recomendaciones del FMI y la Unión Europea que una y otra vez insisten en la
necesidad de bajar las Cotizaciones Sociales a cambio de subir los tipos del
IVA. A dicha recomendación se adhirió el Informe Lagares sobre la reforma del
sistema impositivo español por sus favorables repercusiones en el incremento
del PIB y del empleo[1].
Dinamarca supone la máxima expresión en sustituir
Cotizaciones Sociales por Impuestos pues en este socio europeo las pensiones y
prestaciones sociales se financian exclusivamente vía impuestos no existiendo
cotizaciones sociales sobre el salario.
A estas peticiones ha contestado reiteradamente el
Secretario de Estado de Seguridad Social, Sr. Tomás Burgos, señalando “para
bajar las cotizaciones sociales 5 puntos- del 30,8% al 25,8%- deberíamos subir
el IVA al 29% y no creo que nadie esté pensando en esto” argumento este con el
que ha pretendido zanjar el debate. Pero este no acaba más que empezar.
Empecemos con algunos datos. En España a un sueldo
de 1.000 euros mensuales el empresario ha de añadirle 300 euros por
Cotizaciones Sociales, Fondo de Garantía Salarial, Desempleo además de otra
cantidad que va de 9 euros a 71,5 euros por Primas de Accidentes de Trabajo
según la actividad que desarrolle el trabajador en la empresa (fotógrafo el
menor y minero el mayor).
En definitiva, en España contratar a un trabajador
tiene como mínimo un sobrecoste para el empresario del 30,8% en Cotizaciones
Sociales que ingresa la Seguridad Social.
Con estos datos España ocupa en la OCDE
(Organización para la cooperación y el desarrollo económico) el séptimo lugar
por mayores costes sociales.
Para objetivar el debate vamos a dar unos datos
sobre el coste de rebajar las Cotizaciones y la subida de ingresos por
incrementos de afiliación y del IVA. En aras de la prudencia con la que han de
manejarse los datos de ingresos y gastos públicos nos situaremos siempre en la
hipótesis más desfavorable en cuanto a la previsión de ingresos y la más alta
en cuanto a gastos sociales[2].
COSTE Y DONDE HAY
QUE BAJAR LAS COTIZACIONES SOCIALES
España tiene, según el INE, un índice de
temporalidad en su población ocupada del 23,92%.
La propuesta de bajada de Cotizaciones se va a
centrar en los contratos indefinidos del Régimen General. Dado que nuestra tasa
de temporalidad, en comparación con el resto de economías avanzadas, es
excesiva, aplicar la bajada de Cotizaciones Sociales solo a los contratos
indefinidos supone una sustancial medida de fomento de los mismos y para un conjunto de efectos colaterales beneficiosos
para la economía española.
Incentivar que el empresario opte en mayor
proporción por los contratos indefinidos promoverá la mejora de calidad de
nuestro empleo favoreciendo que el empresario ponga en marcha acciones de
formación continua, reciclaje de las plantillas, que redundara en una mejora de
la productividad, la competitividad exterior y la menor siniestralidad en el
trabajo.
Pues bien como ingresos por cuotas en el Régimen
General en el Presupuesto de la Seguridad Social para 2014 aparecen
76.052.750.000 euros.
Dado que los ingresos por los contratos indefinidos
suponen el 82% del total de cuotas eso supondría que bajar en 5 puntos la
cotización a estos contratos tendría un coste en menores ingresos anuales para
la Seguridad Social de 10.140.366.668€[3].
Con esto ya tenemos el primer dato que necesitamos.
REPERCUSION EN EL
EMPLEO DE UNA BAJADA DE COTIZACIONES SOCIALES
En la misma intervención en la que Tomas Burgos,
Secretario de Estado de la Seguridad Social, enarbolo el argumento de que “para
bajar las cotizaciones sociales 5 puntos- del 30,8% al 25,8%- deberíamos subir
el IVA al 29% y no creo que nadie esté pensando en esto” añadió como corolario “que
todo ello para que el desempleo solo bajara un punto, del 25,93% al 24,93%”.
Una medida por la que consolidar en el tiempo el que
228.893 españoles encuentren empleo y abandonen el desempleo es un objetivo por
el que merece la pena esforzarse, al
menos debiera estudiarse con cierto rigor.
En España, al final del primer trimestre del 2014 y
según los datos del INE, había 16.950.600
ocupados y una tasa desempleo del
25,93% sobre la población activa. 5.933.300 españoles no tenían empleo.
Si el salario mínimo
de 752 euros lo multiplicamos por 14 pagas resultaría unos ingresos
anuales mínimos de 10.528€ por cada nuevo empleado.
Si a este sueldo le aplicamos el 31,35%[4]
que suponen las Cotizaciones Sociales de trabajadores y empresarios, una vez
bajados los cinco puntos que se proponen, resultan 3.300,53€ de ingresos anuales a la Seguridad Social por
cada nuevo empleado, lo que multiplicado por 228.893 nuevos trabajadores supone
un mínimo de 755.467.755 € de ingresos adicionales anuales a la Seguridad
Social.
Si además y
como tenemos una tasa de cobertura de prestaciones por desempleo
(contributiva, asistencial y renta de inserción) del 59,66%,otra vez datos del
INE, donde la cuantía media mensual de dicha prestación contributiva es de
821,7€ (lo reciben el 42,66%), al igual que el importe mensual del asistencial
es de 426€ (lo reciben el 47,78%) e igual que la renta activa de inserción (que
lo recibe el 9,55%), todo esto hace una prestación media mensual global para
todo tipo de beneficiarios de 469,32€.
Esta cantidad media elevada al año da 5.631,84€ que
multiplicada por el número de nuevos ocupados que estadísticamente
estarían cobrando una prestación, el 59,66%, serian 769.070.350€ menos de
prestaciones por desempleo al año.
Por lo que sumando el ingreso por nuevas
cotizaciones y la disminución de prestaciones nos daría 1.524.538.105 € de
ingresos adicionales a la seguridad Social en el primer y sucesivos años por
las nuevas contrataciones, lo que no arregla del todo es problema pero no está
mal para empezar.
COMO COMPENSAR ESA
BAJADA DE RECAUDACION CON SUBIDAS EN EL IVA Y OTROS INGRESOS
Ya hemos visto en el segundo apartado de este
artículo que producto de la bajada de
Cotizaciones Sociales en 5 puntos se crearían 228.000 nuevos empleos. Y del
mismo modo que sumando el ingreso por nuevas cotizaciones y la disminución de
prestaciones nos daría 1.524.538.105€ de ingresos adicionales a la seguridad
Social en el primer y sucesivos años, lo que deja el desajuste anual de
ingresos y gastos en 8.615.828.563€.
Ahora se trata de saber cuánto ha de subir el IVA
para compensarlo.
Pues bien si subimos todos los productos sujetos a
tipos de IVA Reducido (10%) y IVA Súper reducido (4%) al tipo general del IVA
(21%) obtendríamos 9.322.343.268€[5]
al año, lo que supera el desequilibrio antes enunciado. Es más, nos daría un
superávit anual de 706.514.705 €.
Pero es que además en dichos ingresos no está incluido
el IVA que se recauda por las importaciones.
España sufre un curioso fenómeno resultado de su
escasa producción industrial y déficit en investigación e innovación. Importamos más que
exportamos. Tanto que si no fuera por los ingresos del turismo, y en tiempos
anteriores a las remesas de los emigrantes, nuestro déficit sería crónico y nos
habría llevado hace tiempo a la bancarrota.
No podemos aspirar a ser punteros en todos y cada
uno de los sectores, ningún país lo es, pero también es verdad que compramos
productos que incorporan escasa o nula tecnología con origen en países que nos
hacen dumping social, China y el sudeste asiático, al no incorporar los costos
que si tenemos en España para mantener nuestro sistema de bienestar.
Hay que recordar que cuando importamos un producto
terminado estamos trasladando riqueza generada en España para pagar el valor
añadido generado en el exterior (como ejemplo un botón, los materiales que
componen las “Google glass” apenas suponen 5 euros y no se venderán por menos de 200€).
Por ello una buena opción es aplicarle el IVA sobre
el costo total del producto importado en frontera con el que encarecemos su
precio haciéndolo menos atractivo en precio ante el consumidor final frente a
productos nacionales o de la Europa comunitaria y recuperando, en parte, a
través del IVA los costos sociales que no lo han grabado en origen[6].
Hay que tener en cuenta que las importaciones
supusieron el año 2012 para España 55.784 millones de euros con lo que la
subida del IVA en aquellos productos o servicios importados sujetos al tipo
reducido o súper reducido supondría un
ingreso anual adicional de 1.847 millones de euros[7].
Con lo que el superávit por ingresos de recaudación
social, menos prestaciones e incremento de IVA frente al menor ingreso por
Cotizaciones Sociales sería de 2.674.568.229 euros anuales.
CONCLUSIONES
A los meros efectos de balance de ingresos y gastos
se comprueba que la sustitución de una bajada de Cotizaciones Sociales es
posible, incluso habría un superávit de más de 2.674 millones de euros al año.
Y ello aunque como reclamaba el Informe Lagares se
excluyera de tal subida del IVA los productos y servicios vinculados al turismo
para no frenar nuestra competitividad exterior frente a competidores muy
próximos.
Además de por razones de competitividad exterior del
sector turístico español[8],
supone el 12% del PIB, su exclusión afecta relativamente a las cuentas anteriores
al tener una repercusión en el total de recaudación del IVA a los tipos
reducidos y súper reducidos del 28,6%[9]
, si ello lo ponemos en relación con que le superávit estimado supone también
el 28,6% del total del incremento del IVA por la subida de tipos obtenemos que
bajada de Cotizaciones y subida de IVA se compensan totalmente siendo el
balance igual a 0.
Cosa distinta al balance económico es el coste
político y repercusión pública de tal medida, pero a efectos de coste beneficio
la misma se revela muy favorable.
Además la subida de precios por aplicación del IVA
vendría contrarrestada por la bajada de costes salariales al reducirse en un 5%
por menos Cotizaciones, además la tentación de repercutir dicho ahorro en un
incremento de margen empresarial se contrarresta con el actual ambiente
deflacionario y la extrema competencia en precios que sufre nuestra economía.
Por todo ello aplicar la reducción de Cotizaciones
compensada con una subida del IVA reducido y súper reducido además de deseable
se revela como una medida posible[10].
[1] Informe
Lagares sobre Reforma del Sistema Impositivo español, Capitulo VII, páginas 361
y siguientes.
[3]
Según datos del INE del IV Trimestre sobre nivel de ocupación por tipo de
contratos la tasa de temporalidad es del 23,92%.
Del total de trabajadores un
53,40% son hombres y el 46,60% son mujeres.
Teniendo en cuenta el salario medio más frecuente ponderado según el
distinto nivel retributivo para hombres y mujeres en contratos temporales
resulta un salario anual de 16.602€.
Siguiendo igual procedimiento obtenemos un salario medio anual más
frecuente para los contratos indefinidos es de 25.776€.
En base a esos salarios y el porcentaje que representan una y otra
relación laboral en el total es de donde resulta que el 82% de los ingresos por
cuotas provienen de las retribuciones de los contratos indefinidos.
[4] Tipo de
Cotización a la Seguridad Social que resultaría de bajar 5 puntos desde el
actual tipo de 36,35% por el que actualmente cotizan empresarios (30,8%) y trabajadores (5,55%).
[5] Las
Bases Imponibles del IVA sujetas al 4% suponen el 7,9% del total, las gravadas
al 10%
[6] Idéntico
argumento se encuentra en el Informe Lagares de Reforma del Sistema Tributario
español, página 381
[7] Se ha
tomado como base para dicho calculo una segmentación de las importaciones igual
a la segmentación del IVA interior en función de los tipos a los que está
gravado. De modo que se ha estimado que el 7,9% de las importaciones está
gravado al 4% de IVA mientras el 17,9% de las importaciones está gravado al
10%.
[8] Informe
Lagares sobre Reforma del Sistema Impositivo español, página 384.
[9][9][9]
Memoria del Impuesto sobre el Valor Añadido en 2012. Ministerio de Hacienda,
Distribución del IVA por agrupaciones de sectores económicos, cuadro 71.
[10] Informe
Lagares sobre Reforma del Sistema Impositivo español, página 382.
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