No me quejo de ello, España las
estaba pasando canutas y aunque me duele como a cualquiera no cobrar la verdad
es que tengo mi trabajo asegurado y eso es una suerte y más viendo como lo
estaban pasando algunos.
Pues bien ahora las cosas van
mejor y nos han devueltos arte de esa paga extra y hay que cumplir con
Hacienda, sí esa que somos todos.
¿Pues bien como y cuando hay que
hacerlo?
Al principio y entendiendo que es
pago de algo que se debió cobrar en 2012 debiera pagarse por una declaración
complementaria añadiendo su importe el de las cantidades recibidas en 2012.
Sin embargo Hacienda no lo ve así
y ha contestado que se imputaran a los rendimientos del año en que se haya
cobrado, es decir que en la declaración del IRPF del 2015 que la haremos entre
Mayo y Junio de 2016 (podréis encontrar la contestación en http://petete.minhap.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?NDoc=31380&Consulta
=%2EEN+NUM%2DCONSULTA+%28V%320%33%33%2D%31%34%29&Pos=0&UD=1 )
Así que Hacienda nos da un
respiro hasta Junio 2016, pero ni un día más.
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