No hace un mes que El Independiente publicó un artículo en el
que el Coronel Jefe de la UCO, Manuel Sánchez Corbi, afirmaba ufano que en su
unidad “el margen de error era cero”,
y poco más de un mes ha necesitado la realidad para desmentirlo.
No solo ha sido el caso de
Cristina Cifuentes, el del exministro Manuel Pimentel, sino que el remate lo ha
dado el archivo de la causa contra Rodrigo Rato por la privatización de
empresas públicas. En esta última ocasión el juez instructor no ha sido nada
benevolente con el trabajo desplegado por los miembros de esta unidad afirmando
que se basa “en sospechas sin
fundamento…no existiendo indicios más allá de la sospecha” y negándose a
continuar las pesquisas por lo que ha archivado el caso.
Desde luego estos casos no
descalifican la labor de todos los integrantes de la unidad ni ponen en
cuestión otra cosa que el envanecimiento de algunos de sus miembros, el ausente
control de calidad de los mandos sobre la labor de sus subordinados y la
negligente dejación de quienes debieran guiar su actuación, jueces y fiscales,
que han preferido que otros les hagan el trabajo prejuzgando las conductas de
los investigados.
Esto que tendría graves
consecuencias en cualquier otra organización puede tener efectos fatales cuando
se trata de quienes pueden poner en cuestión los elementos más preciados de
cualquier ciudadano, la libertad, su buen nombre y su patrimonio, en cuya
salvaguarda se instituyo la seguridad
jurídica, por la que nadie puede ser encauzado por algo que no está
tipificado en el Código Penal de forma previa, la presunción
de inocencia por la que es el acusador quien debe probar sin sombra de
dudas la culpabilidad del encausado y la garantía
de derechos del investigado cuya tutela debiera recaer en el juez
instructor y el fiscal y que ha desaparecido de hecho de nuestro procedimiento
de enjuiciamiento criminal al asumir, fiscales y jueces instructores, el papel
de acusadores públicos con todos los instrumentos de violación de los derechos
individuales a sus servicio y sin ningún contrapeso o responsabilidad por el
mal o abusivo uso de los mismos.
Tal es el panorama que presenta
el enjuiciamiento penal español que nos convierte en una anomalía dentro del
panorama judicial de las naciones democráticas. Un procedimiento que sigue
basado en un principio inquisitorial, donde la investigación es mayormente
prospectiva “a ver que encuentro”
basada las más de las veces en un prejuicio más que en un hecho y en la que sus
partícipes, policías, jueces y fiscales, buscan antes el sustento de una
hipótesis preconcebida que la verdad.
Es por ello que urge una reforma
urgente y meditada del procedimiento investigador y de enjuiciamiento criminal
en la que la labor investigadora se lleve a cabo bajo la dirección efectiva, no
meramente formal, por los fiscales que sean quienes califiquen los hechos
surgidos de la investigación y donde el juez ejerza el control de la
transgresión de derechos fundamentales, el de la libertad, confidencialidad de
las comunicaciones e inviolabilidad del domicilio del investigado.
De otro modo estaremos cada día
más cerca de un estado policial con el agravante de que en un mundo en el que
la información es masiva e instantánea, donde el investigado desconoce de qué y
porque se le acusa mientras otros, jueces y medios de comunicación, disponen
del total y lo dosifican a su conveniencia para prejuzgar o mediatizar la “condena social” del ciudadano, de nada
sirve su postrera absolución cuando su patrimonio estar destrozado, sus medios
de vida aniquilados y su fama pública echada por los suelos.
Y mientras tanto eso llega no
estaría de más que mandos policiales, jueces y fiscales predicaran más la
humildad frente a la soberbia de quienes se creen ajenos al error, poseedores
de la verdad y por encima del bien o el mal, recordando a Ícaro que engreído
quiso volar hasta el sol y cayó al mar.
Para ser infalible hay que ser
Papa además de hablar ex cathedra y me pega
que los mandos de la UCO, fiscales y jueces no pasarían el cursillo de
monaguillos.